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Articulado

TÍTULO IV. Organización institucional de la Comunidad AutónomaCAPÍTULO IV. El Consejo de Gobierno

Ley Orgánica 2/2007 · EAANDArtículo 120Cese

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 120 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, EAAND) se titula «Cese» y está en el capítulo IV («El Consejo de Gobierno») del título IV («Organización institucional de la Comunidad Autónoma»).

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Texto literal

El Consejo de Gobierno cesa tras la celebración de elecciones al Parlamento, y en los casos de pérdida de cuestión de confianza o aprobación de moción de censura, dimisión, incapacidad, condena penal firme que inhabilite para el desempeño de cargo público o fallecimiento del Presidente. El Consejo de Gobierno cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Consejo de Gobierno.

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