Disposiciones
Constitución Española · CEDisposición transitoria novena
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 20 de mayo de 2026.
En pocas palabras
La disposición transitoria novena de la Constitución Española (CE) forma parte de su texto consolidado. Remite al artículo 159.
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Texto literal
A los tres años de la elección por vez primera de los miembros del Tribunal Constitucional se procederá por sorteo para la designación de un grupo de cuatro miembros de la misma procedencia electiva que haya de cesar y renovarse. A estos solos efectos se entenderán agrupados como miembros de la misma procedencia a los dos designados a propuesta del Gobierno y a los dos que proceden de la formulada por el Consejo General del Poder Judicial. Del mismo modo se procederá transcurridos otros tres años entre los dos grupos no afectados por el sorteo anterior. A partir de entonces se estará a lo establecido en el número 3 del artículo 159.
Plazos y cifras
Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.
- …los tres años de la elección por vez primera de los miembros del Tribunal Constitucional se procederá por sorteo para la designación de un grupo de cuatro miembros de la…
- Del mismo modo se procederá transcurridos otros tres años entre los dos grupos no afectados por el sorteo anterior.