Saltar al contenido
Articulado

TÍTULO III. De las penasCAPÍTULO II. De la aplicación de las penas

Ley Orgánica 10/1995 · CPArtículo 73

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 9 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 73 del Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, CP) está en el capítulo II («De la aplicación de las penas») del título III («De las penas»).

Lectura
1 min
Preguntas de test
2

Texto literal

Al responsable de dos o más delitos o faltas se le impondrán todas las penas correspondientes a las diversas infracciones para su cumplimiento simultáneo, si fuera posible, por la naturaleza y efectos de las mismas.

Artículos relacionados

Lo mencionan

En el mismo capítulo

Índice de la Ley Orgánica 10/1995