TÍTULO XXII Delitos contra el orden públicoCAPÍTULO VII. De las organizaciones y grupos terroristas y de los delitos de terrorismo
Ley Orgánica 10/1995 · CPArtículo 580En todos los delitos de terrorismo, la condena de un juez o tribunal extranjero será
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 9 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 580 del Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, CP) se titula «En todos los delitos de terrorismo, la condena de un juez o tribunal extranjero será» y está en el capítulo VII («De las organizaciones y grupos terroristas y de los delitos de terrorismo»).
- Lectura
- 1 min
Texto literal
equiparada a las sentencias de los jueces o tribunales españoles a los efectos de aplicación de la agravante de reincidencia.