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Articulado

TÍTULO XXII Delitos contra el orden públicoCAPÍTULO VII. De las organizaciones y grupos terroristas y de los delitos de terrorismo

Ley Orgánica 10/1995 · CPArtículo 580En todos los delitos de terrorismo, la condena de un juez o tribunal extranjero será

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 9 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 580 del Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, CP) se titula «En todos los delitos de terrorismo, la condena de un juez o tribunal extranjero será» y está en el capítulo VII («De las organizaciones y grupos terroristas y de los delitos de terrorismo»).

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Texto literal

equiparada a las sentencias de los jueces o tribunales españoles a los efectos de aplicación de la agravante de reincidencia.

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Índice de la Ley Orgánica 10/1995