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Articulado

TÍTULO I De la infracción penalCAPÍTULO I. De los delitos

Ley Orgánica 10/1995 · CPArtículo 17

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 9 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 17 del Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, CP) está en el capítulo I («De los delitos»). Tiene 3 apartados.

Apartados
3
Lectura
1 min
Preguntas de test
2

Texto literal

1. La conspiración existe cuando dos o más personas se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo.

2. La proposición existe cuando el que ha resuelto cometer un delito invita a otra u otras personas a participar en él.

3. La conspiración y la proposición para delinquir sólo se castigarán en los casos especialmente previstos en la ley.

Plazos y cifras

Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.

  • Apdo. 1La conspiración existe cuando dos o más personas se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo.

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