TÍTULO III. De las lesiones
Ley Orgánica 10/1995 · CPArtículo 154
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 9 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 154 del Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, CP) está en el título III («De las lesiones»).
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Texto literal
Quienes riñeren entre sí, acometiéndose tumultuariamente, y utilizando medios o instrumentos que pongan en peligro la vida o integridad de las personas, serán castigados por su participación en la riña con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses.
Plazos y cifras
Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.
- …por su participación en la riña con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses.