TÍTULO VI. El ingreso en la Policía Nacional
Ley Orgánica 9/2015 · LOPNArtículo 25Principios rectores
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 12 de noviembre de 2024. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 25 de la Ley Orgánica de Régimen de Personal de la Policía Nacional (Ley Orgánica 9/2015, LOPN) se titula «Principios rectores» y está en el título VI («El ingreso en la Policía Nacional»). Tiene 2 apartados y 6 letras.
- Apartados
- 2
- Lectura
- 1 min
- Preguntas de test
- 1
Texto literal
1. El ingreso en la Policía Nacional se llevará a cabo conforme a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, mediante la superación sucesiva por los aspirantes de las distintas fases que integren el proceso de selección.
Dicho ingreso podrá efectuarse mediante el acceso a las categorías de Inspector y Policía, por el procedimiento de oposición libre, en los términos en que se determine reglamentariamente.
2. El proceso de selección responderá, además de a los principios constitucionales anteriormente señalados, a los establecidos a continuación:
a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases.
b) Transparencia.
c) Objetividad.
d) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección.
e) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.
f) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar.