TÍTULO III. De las infracciones en materia de extranjería y su régimen sancionador
Ley Orgánica 4/2000 · LOEXArtículo 62 sexiesFuncionamiento y régimen interior de los centros de internamiento de extranjeros
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 19 de marzo de 2025. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 62 sexies de la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (Ley Orgánica 4/2000, LOEX) se titula «Funcionamiento y régimen interior de los centros de internamiento de extranjeros» y está en el título III («De las infracciones en materia de extranjería y su régimen sancionador»).
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Texto literal
En cada centro de internamiento de extranjeros habrá un director responsable de su funcionamiento para lo cual deberá adoptar las directrices de organización necesarias, coordinando y supervisando su ejecución. Asimismo será el responsable de adoptar las medidas necesarias para asegurar el orden y la correcta convivencia entre extranjeros y asegurar el cumplimiento de sus derechos, y de la imposición de medidas a los internos que no respeten las normas de correcta convivencia o régimen interior.