TÍTULO IV. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidadesCAPÍTULO I. Igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral
Ley Orgánica 3/2007 · LOIEMHArtículo 42Programas de mejora de la empleabilidad de las mujeres
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 2 de agosto de 2024. Comprobado con el BOE el 21 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 42 de la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (Ley Orgánica 3/2007, LOIEMH) se titula «Programas de mejora de la empleabilidad de las mujeres» y está en el capítulo I («Igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral») del título IV («El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades»). Tiene 2 apartados.
- Apartados
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Texto literal
1. Las políticas de empleo tendrán como uno de sus objetivos prioritarios aumentar la participación de las mujeres en el mercado de trabajo y avanzar en la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Para ello, se mejorará la empleabilidad y la permanencia en el empleo de las mujeres, potenciando su nivel formativo y su adaptabilidad a los requerimientos del mercado de trabajo.
2. Los Programas de inserción laboral activa comprenderán todos los niveles educativos y edad de las mujeres, incluyendo los de Formación Profesional, Escuelas Taller y Casas de Oficios, dirigidos a personas en desempleo, se podrán destinar prioritariamente a colectivos específicos de mujeres o contemplar una determinada proporción de mujeres.