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Articulado

TÍTULO I. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación

Ley Orgánica 3/2007 · LOIEMHArtículo 12Tutela judicial efectiva

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 2 de agosto de 2024. Comprobado con el BOE el 21 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 12 de la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (Ley Orgánica 3/2007, LOIEMH) se titula «Tutela judicial efectiva» y está en el título I («El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación»). Tiene 3 apartados.

Apartados
3
Lectura
1 min
Preguntas de test
3

Texto literal

1. Cualquier persona podrá recabar de los tribunales la tutela del derecho a la igualdad entre mujeres y hombres, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53.2 de la Constitución, incluso tras la terminación de la relación en la que supuestamente se ha producido la discriminación.

2. La capacidad y legitimación para intervenir en los procesos civiles, sociales y contencioso-administrativos que versen sobre la defensa de este derecho corresponden a las personas físicas y jurídicas con interés legítimo, determinadas en las Leyes reguladoras de estos procesos.

3. La persona acosada será la única legitimada en los litigios sobre acoso sexual y acoso por razón de sexo.

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  1. Apartado 2

    Conforme al artículo 12.2 de la Ley Orgánica 3/2007, la capacidad y legitimación para intervenir en los procesos civiles, sociales y contencioso-administrativos que versen sobre la defensa de este derecho corresponden a:

    1. A) Las personas físicas e instituciones con interés legítimo, acreditadas debidamente en las Leyes reguladoras de estos procesos.
    2. B) Las personas físicas y entidades sin ánimo de lucro, determinadas específicamente en las Leyes reguladoras de estos procesos.
    3. C) Las personas físicas y jurídicas con interés legítimo, determinadas en las Leyes reguladoras de estos procesos.
    4. D) Las personas físicas y jurídicas con interés directo, reconocidas expresamente en las Leyes reguladoras de estos procesos.

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2007-6115. Ver la Ley Orgánica 3/2007 en el BOE (se abre en otra pestaña)

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