Disposiciones
Ley Orgánica 2/1986 · LOFCSDisposición transitoria terceraSi, como consecuencia de la integración en el Cuerpo Nacional de Policía, de los miembros de los Cuerpos Superior de Policía y Policía Nacional y de la subsiguiente aprobación de las plantillas correspondientes, resultase una inadecuada distribución de efectivos, en las Escalas, categorías o en las Unidades, el personal sobrante podrá optar entre:
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 29 de julio de 2015. Comprobado con el BOE el 22 de octubre de 2026.
En pocas palabras
La disposición transitoria tercera de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (Ley Orgánica 2/1986, LOFCS) se titula «Si, como consecuencia de la integración en el Cuerpo Nacional de Policía, de los miembros de los Cuerpos Superior de Policía y Policía Nacional y de la subsiguiente aprobación de las plantillas correspondientes, resultase una inadecuada distribución de efectivos, en las Escalas, categorías o en las Unidades, el personal sobrante podrá optar entre:». Enumera 4 letras.
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Texto literal
a) El traslado o destino a los servicios en que haya vacantes de la Escala o categoría a que pertenezca, con la correspondiente compensación económica, de conformidad con lo legalmente establecido.
b) La ocupación de plazas vacantes, en el destino en que se encuentre, cuyas funciones, sin ser exactamente las correspondientes a su Escala, sean las más afines dentro de lo posible, manteniendo las percepciones económicas de la Escala a que pertenezca.
c) El pase a la situación de segunda actividad, previa concesión del Ministerio del Interior, en el número y condiciones que se determinen, siempre que les resten menos de quince años para alcanzar la edad de jubilación.
d) El pase a la situación de excedencia forzosa, con los derechos y obligaciones previstos reglamentariamente.
Plazos y cifras
Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.
- Apdo. c)…en el número y condiciones que se determinen, siempre que les resten menos de quince años para alcanzar la edad de jubilación.