TÍTULO II. De los procedimientos de declaración de inconstitucionalidadCAPÍTULO III. De la cuestión de inconstitucionalidad promovida por Jueces o Tribunales
Ley Orgánica 2/1979 · LOTCArtículo 36
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 2 de agosto de 2024. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 36 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (Ley Orgánica 2/1979, LOTC) está en el capítulo III («De la cuestión de inconstitucionalidad promovida por Jueces o Tribunales») del título II («De los procedimientos de declaración de inconstitucionalidad»). Remite al artículo 35.
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Texto literal
El órgano judicial elevará al Tribunal Constitucional la cuestión de inconstitucionalidad junto con testimonio de los autos principales y de las alegaciones previstas en el artículo anterior, si las hubiere.