TÍTULO III. De la celebración del juicio oralCAPÍTULO I. De la publicidad de los debates
Ley de Enjuiciamiento Criminal · LECRIMArtículo 680
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 9 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 680 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM) está en el capítulo I («De la publicidad de los debates») del título III («De la celebración del juicio oral»). Remite al artículo 681.
- Lectura
- 1 min
Texto literal
Los debates del juicio oral serán públicos, bajo pena de nulidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente.