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Articulado

TÍTULO III. De la celebración del juicio oralCAPÍTULO I. De la publicidad de los debates

Ley de Enjuiciamiento Criminal · LECRIMArtículo 680

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 9 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 680 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM) está en el capítulo I («De la publicidad de los debates») del título III («De la celebración del juicio oral»). Remite al artículo 681.

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Texto literal

Los debates del juicio oral serán públicos, bajo pena de nulidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente.

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