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Articulado

TÍTULO VI De la citación, de la detención y de la prisión provisionalCAPÍTULO III. De la prisión provisional

Ley de Enjuiciamiento Criminal · LECRIMArtículo 508

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 9 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 508 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM) está en el capítulo III («De la prisión provisional»). Tiene 2 apartados.

Apartados
2
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Preguntas de test
2

Texto literal

1. El juez o tribunal podrá acordar que la medida de prisión provisional del investigado o encausado se verifique en su domicilio, con las medidas de vigilancia que resulten necesarias, cuando por razón de enfermedad el internamiento entrañe grave peligro para su salud. El juez o tribunal podrá autorizar que el investigado o encausado salga de su domicilio durante las horas necesarias para el tratamiento de su enfermedad, siempre con la vigilancia precisa.

2. En los casos en los que el investigado o encausado se hallara sometido a tratamiento de desintoxicación o deshabituación a sustancias estupefacientes y el ingreso en prisión pudiera frustrar el resultado de dicho tratamiento, la medida de prisión provisional podrá ser sustituida por el ingreso en un centro oficial o de una organización legalmente reconocida para continuación del tratamiento, siempre que los hechos objeto del procedimiento sean anteriores a su inicio. En este caso el investigado o encausado no podrá salir del centro sin la autorización del juez o tribunal que hubiera acordado la medida.

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  1. Apartado 2

    A efectos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la medida de sustitución de la prisión provisional por el ingreso en un centro oficial de desintoxicación requiere que:

    1. A) El delito tenga señalada en el Código pena superior a tres años de prisión.
    2. B) Exista informe previo y favorable expedido por el Ministerio Fiscal.
    3. C) Los hechos objeto del procedimiento sean anteriores a su inicio.
    4. D) El investigado o encausado preste la fianza fijada por la autoridad.

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-1882-6036. Ver la Ley de Enjuiciamiento Criminal en el BOE (se abre en otra pestaña)

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