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Articulado

TÍTULO VII. Personal al servicio de las Entidades localesCAPÍTULO V. Del personal laboral y eventual

Ley 7/1985 · LBRLArtículo 103 bisMasa salarial del personal laboral del sector público local

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 5 de octubre de 2026. Comprobado con el BOE el 21 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 103 bis de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local (Ley 7/1985, LBRL) se titula «Masa salarial del personal laboral del sector público local» y está en el capítulo V («Del personal laboral y eventual») del título VII («Personal al servicio de las Entidades locales»). Tiene 3 apartados y 2 letras.

Apartados
3
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3

Texto literal

1. Las Corporaciones locales aprobarán anualmente la masa salarial del personal laboral del sector público local respetando los límites y las condiciones que se establezcan con carácter básico en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado.

2. La aprobación indicada en el apartado anterior comprenderá la referente a la propia Entidad Local, organismos, entidades públicas empresariales y demás entes públicos y sociedades mercantiles locales de ella dependientes, así como las de los consorcios adscritos a la misma en virtud de lo previsto en la legislación básica de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y de las fundaciones en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que se constituyan con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, de las entidades citadas en este apartado.

b) Que su patrimonio fundacional, con un carácter de permanencia, esté formado en más de un 50 por 100 por bienes o derechos aportados o cedidos por las referidas entidades.

3. La masa salarial aprobada será publicada en la sede electrónica de la Corporación y en el Boletín Oficial de la Provincia o, en su caso, de la Comunidad Autónoma uniprovincial en el plazo de 20 días.

Plazos y cifras

Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.

  • Apdo. 1Las Corporaciones locales aprobarán anualmente la masa salarial del personal laboral del sector público local respetando los…
  • Apdo. 3…Provincia o, en su caso, de la Comunidad Autónoma uniprovincial en el plazo de 20 días.

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