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Articulado

TÍTULO III. Régimen de funcionamiento y estructuraCAPÍTULO II. Estructura

Ley 6/2023 · LPLAArtículo 23Grupos, subgrupos, escalas y categorías

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 1 de agosto de 2023. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 23 de la Ley de Policías Locales de Andalucía (Ley 6/2023, LPLA) se titula «Grupos, subgrupos, escalas y categorías» y está en el capítulo II («Estructura») del título III («Régimen de funcionamiento y estructura»). Tiene 3 apartados y 3 letras.

Apartados
3
Lectura
1 min
Preguntas de test
3

Texto literal

1. Los cuerpos de la Policía Local de Andalucía se estructuran en los siguientes grupos, subgrupos, escalas y categorías:

a) Grupo A, subgrupo A1, escala técnica. Comprende, por orden jerárquico, las siguientes categorías:

1.º Intendente principal. 2.º Intendente.

b) Grupo A, subgrupo A2, escala ejecutiva. Comprende, por orden jerárquico, las siguientes categorías:

1.º Inspector o inspectora. 2.º Subinspector o subinspectora.

c) Grupo C, subgrupo C1, escala básica. Comprende, por orden jerárquico, las siguientes categorías:

1.º Oficial. 2.º Policía.

2. Las plazas de categoría de intendente principal solo podrán crearse en municipios capitales de provincia o en municipios que tengan más de cien mil habitantes. Excepcionalmente, podrán crearse plazas de intendente principal en municipios con población inferior a cien mil habitantes si el número de personas integrantes del cuerpo es superior a cien.

3. No se podrá crear una plaza de una categoría superior sin que existan plazas cubiertas en todas las categorías inferiores.

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