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Articulado

TÍTULO V. Promoción profesionalCAPÍTULO I. Disposiciones generales

Ley 5/2023 · LFPAArtículo 51Promoción profesional del personal laboral

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 51 de la Ley de la Función Pública de Andalucía (Ley 5/2023, LFPA) se titula «Promoción profesional del personal laboral» y está en el capítulo I («Disposiciones generales») del título V («Promoción profesional»).

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Texto literal

La promoción y la carrera profesional del personal laboral se articularán a través de los procedimientos previstos en el Estatuto de los Trabajadores y en el resto de la legislación estatal de carácter básico, así como en los convenios colectivos que resulten de aplicación, en los que se tendrán en cuenta los criterios regulados en este título.

CAPÍTULO II

La carrera profesional del personal funcionario

Índice de la Ley 5/2023