Disposiciones
Ley 31/1995 · LPRLDisposición adicional séptimaCumplimiento de la normativa de transporte de mercancías peligrosas
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 9 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 20 de octubre de 2026.
En pocas palabras
La disposición adicional séptima de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, LPRL) se titula «Cumplimiento de la normativa de transporte de mercancías peligrosas».
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Texto literal
Lo dispuesto en la presente Ley se entiende sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la regulación en materia de transporte de mercancías peligrosas.