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Articulado

TÍTULO VIII. Situaciones administrativasCAPÍTULO IV. Situación de servicio en otras administraciones públicas

Ley 2/2015 · LEPGArtículo 170Situación de servicio en otras administraciones públicas

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 170 de la Ley del empleo público de Galicia (Ley 2/2015, LEPG) se titula «Situación de servicio en otras administraciones públicas» y está en el capítulo IV («Situación de servicio en otras administraciones públicas») del título VIII («Situaciones administrativas»).

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Texto literal

Será declarado en la situación de servicio en otras administraciones públicas el personal funcionario de carrera incluido en el ámbito de aplicación de la presente ley que, en virtud de los procesos de transferencias o por los procedimientos de provisión de puestos de trabajo,

obtenga destino en una Administración pública distinta. Se mantendrá en esa situación en el caso de que por disposición legal de la Administración a la que accede se integre como personal propio de esta.

Índice de la Ley 2/2015