TÍTULO PRELIMINAR. Del derecho a la protección de la saludCAPÍTULO ÚNICO
Ley 14/1986 · LGSArtículo dos
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 23 de marzo de 2023. Comprobado con el BOE el 23 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo dos de la Ley General de Sanidad (Ley 14/1986, LGS) está en el título preliminar («Del derecho a la protección de la salud»). Tiene 2 apartados.
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Texto literal
1. Esta Ley tendrá la condición de norma básica en el sentido previsto en el artículo
149.1.16 de la Constitución y será de aplicación a todo el territorio del Estado, excepto los
artículos 31, apartado 1, letras b) y c), y 57 a 69, que constituirán derecho supletorio en
aquellas Comunidades Autónomas que hayan dictado normas aplicables a la materia que en
dichos preceptos se regula.
2. Las Comunidades Autónomas podrán dictar normas de desarrollo y complementarias
de la presente Ley en el ejercicio de las competencias que les atribuyen los
correspondientes Estatutos de Autonomía.