TÍTULO I. Del sistema de saludCAPÍTULO I. De los principios generales
Ley 14/1986 · LGSArtículo dieciséis
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 23 de marzo de 2023. Comprobado con el BOE el 23 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo dieciséis de la Ley General de Sanidad (Ley 14/1986, LGS) está en el capítulo I («De los principios generales») del título I («Del sistema de salud»). Tiene 3 apartados.
- Apartados
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Texto literal
Las normas de utilización de los servicios sanitarios serán iguales para todos,
independientemente de la condición en que se acceda a los mismos. En consecuencia, los
usuarios sin derecho a la asistencia de los Servicios de Salud, así como los previstos en el
artículo 80, podrán acceder a los servicios sanitarios con la consideración de pacientes
privados, de acuerdo con los siguientes criterios:
1. Por lo que se refiere a la atención primaria, se les aplicarán las mismas normas sobre
asignación de equipos y libre elección que al resto de los usuarios.
2. El ingreso en centros hospitalarios se efectuará a través de la unidad de admisión del
hospital, por medio de una lista de espera única, por lo que no existirá un sistema de acceso
y hospitalización diferenciado según la condición del paciente.
3. La facturación por la atención de estos pacientes será efectuada por las respectivas,
administraciones de los Centros, tomando como base los costes efectivos. Estos ingresos
tendrán la condición de propios de los Servicios de Salud. En ningún caso estos ingresos
podrán revertir directamente en aquellos que intervienen en la atención de estos pacientes.