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Articulado

TÍTULO I. Del sistema de saludCAPÍTULO I. De los principios generales

Ley 14/1986 · LGSArtículo dieciséis

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 23 de marzo de 2023. Comprobado con el BOE el 23 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo dieciséis de la Ley General de Sanidad (Ley 14/1986, LGS) está en el capítulo I («De los principios generales») del título I («Del sistema de salud»). Tiene 3 apartados.

Apartados
3
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Preguntas de test
4

Texto literal

Las normas de utilización de los servicios sanitarios serán iguales para todos,

independientemente de la condición en que se acceda a los mismos. En consecuencia, los

usuarios sin derecho a la asistencia de los Servicios de Salud, así como los previstos en el

artículo 80, podrán acceder a los servicios sanitarios con la consideración de pacientes

privados, de acuerdo con los siguientes criterios:

1. Por lo que se refiere a la atención primaria, se les aplicarán las mismas normas sobre

asignación de equipos y libre elección que al resto de los usuarios.

2. El ingreso en centros hospitalarios se efectuará a través de la unidad de admisión del

hospital, por medio de una lista de espera única, por lo que no existirá un sistema de acceso

y hospitalización diferenciado según la condición del paciente.

3. La facturación por la atención de estos pacientes será efectuada por las respectivas,

administraciones de los Centros, tomando como base los costes efectivos. Estos ingresos

tendrán la condición de propios de los Servicios de Salud. En ningún caso estos ingresos

podrán revertir directamente en aquellos que intervienen en la atención de estos pacientes.

Preguntas tipo test de este artículo

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  1. De acuerdo con el artículo 16 de la Ley 14/1986, la condición de los usuarios sin derecho a la asistencia de los Servicios de Salud que acceden a los servicios sanitarios se denomina:

    1. A) usuarios ajenos.
    2. B) pacientes privados.
    3. C) pacientes vinculados.
    4. D) usuarios concertados.

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-1986-10499. Ver la Ley 14/1986 en el BOE (se abre en otra pestaña)

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