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Articulado

TÍTULO I. De la protección internacionalCAPÍTULO I. De las condiciones para el reconocimiento del derecho de asilo

Ley 12/2009 · LASIArtículo 9Causas de denegación. En todo caso, el derecho de asilo se denegará a: a) las personas que constituyan, por razones fundadas, un peligro para la seguridad de

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 1 de marzo de 2023. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 9 de la Ley reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria (Ley 12/2009, LASI) se titula «Causas de denegación. En todo caso, el derecho de asilo se denegará a: a) las personas que constituyan, por razones fundadas, un peligro para la seguridad de» y está en el capítulo I («De las condiciones para el reconocimiento del derecho de asilo») del título I («De la protección internacional»).

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Texto literal

España; b) las personas que, habiendo sido objeto de una condena firme por delito grave

constituyan una amenaza para la comunidad.

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