TÍTULO II. De las reglas procedimentales para el reconocimiento de la protección internacionalCAPÍTULO III. De las condiciones de acogida de los solicitantes de protección internacional
Ley 12/2009 · LASIArtículo 32Autorización de trabajo a los solicitantes de protección internacional
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 1 de marzo de 2023. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 32 de la Ley reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria (Ley 12/2009, LASI) se titula «Autorización de trabajo a los solicitantes de protección internacional» y está en el capítulo III («De las condiciones de acogida de los solicitantes de protección internacional») del título II («De las reglas procedimentales para el reconocimiento de la protección internacional»).
- Lectura
- 1 min
- Preguntas de test
- 1
Texto literal
Las personas solicitantes de protección internacional serán autorizadas para trabajar en España en los términos que reglamentariamente se establezcan.