TÍTULO II. De las reglas procedimentales para el reconocimiento de la protección internacionalCAPÍTULO I. De la presentación de la solicitud
Ley 12/2009 · LASIArtículo 22Permanencia del solicitante de asilo durante la tramitación de la solicitud
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 1 de marzo de 2023. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 22 de la Ley reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria (Ley 12/2009, LASI) se titula «Permanencia del solicitante de asilo durante la tramitación de la solicitud» y está en el capítulo I («De la presentación de la solicitud») del título II («De las reglas procedimentales para el reconocimiento de la protección internacional»). Remite a los artículos 21 y 29.
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Texto literal
En todo caso, durante la tramitación de la petición de reexamen y del recurso de reposición previstos en los apartados cuarto y quinto del artículo 21 de la presente Ley, así como en los supuestos en los que se solicite la adopción de las medidas a las que se refiere el apartado segundo de su artículo 29, la persona solicitante de asilo permanecerá en las dependencias habilitadas a tal efecto.
CAPÍTULO II
De la tramitación de las solicitudes