TÍTULO II. Competencias de la Comunidad AutónomaCAPÍTULO II. Competencias
Ley Orgánica 2/2007 · EAANDArtículo 67Seguridad y competencias en materia penitenciaria
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 67 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, EAAND) se titula «Seguridad y competencias en materia penitenciaria» y está en el capítulo II («Competencias») del título II («Competencias de la Comunidad Autónoma»). Tiene 3 apartados.
- Apartados
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- 1
Texto literal
1. Corresponden a la Comunidad Autónoma competencias de ejecución en materia de seguridad ciudadana y orden público en los términos que establezca la legislación del Estado.
2. Corresponden a la Comunidad Autónoma competencias ejecutivas en materia de seguridad privada cuando así lo establezca la legislación del Estado.
3. Corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia ejecutiva en materia penitenciaria.