TÍTULO I Derechos sociales, deberes y políticas públicasCAPÍTULO II. Derechos y deberes
Ley Orgánica 2/2007 · EAANDArtículo 26Trabajo
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 26 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, EAAND) se titula «Trabajo» y está en el capítulo II («Derechos y deberes»). Tiene 2 apartados y 4 letras.
- Apartados
- 2
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- Preguntas de test
- 2
Texto literal
1. En el ejercicio del derecho constitucional al trabajo, se garantiza a todas las personas:
a) El acceso gratuito a los servicios públicos de empleo.
b) El acceso al empleo público en condiciones de igualdad y según los principios constitucionales de mérito y capacidad.
c) El acceso a la formación profesional.
d) El derecho al descanso y al ocio.
2. Se garantiza a los sindicatos y a las organizaciones empresariales el establecimiento de las condiciones necesarias para el desempeño de las funciones que la Constitución les reconoce. La ley regulará la participación institucional en el ámbito de la Junta de Andalucía de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en la Comunidad Autónoma.