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Articulado

TÍTULO II. De la Corona

Constitución Española · CEArtículo 60

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 20 de mayo de 2026.

En pocas palabras

El artículo 60 de la Constitución Española (CE) está en el título II («De la Corona»). Tiene 2 apartados.

Apartados
2
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1 min
Preguntas de test
5

Texto literal

1. Será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto, siempre que sea mayor de edad y español de nacimiento; si no lo hubiese nombrado, será tutor el padre o la madre mientras permanezcan viudos. En su defecto, lo nombrarán las Cortes Generales, pero no podrán acumularse los cargos de Regente y de tutor sino en el padre, madre o ascendientes directos del Rey.

2. El ejercicio de la tutela es también incompatible con el de todo cargo o representación política.

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  1. Apartado 2

    El ejercicio de la tutela del Rey menor es incompatible con:

    1. A) La nacionalidad española
    2. B) La pertenencia a la Familia Real
    3. C) Todo cargo o representación política
    4. D) La mayoría de edad

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-1978-31229. Ver la Constitución Española en el BOE (se abre en otra pestaña)

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