TÍTULO I. De los derechos y deberes fundamentalesCAPÍTULO TERCERO. De los principios rectores de la política social y económica
Constitución Española · CEArtículo 49
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 20 de mayo de 2026.
En pocas palabras
El artículo 49 de la Constitución Española (CE) está en el capítulo tercero («De los principios rectores de la política social y económica») del título I («De los derechos y deberes fundamentales»). Tiene 2 apartados.
- Apartados
- 2
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- 10
Texto literal
1. Las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas. Se regulará por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio.
2. Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles. Asimismo, fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad.