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Articulado

TÍTULO VIII. Cooperación entre las Administraciones Públicas

Real Decreto Legislativo 5/2015 · TREBEPArtículo 99Relaciones de cooperación entre las Administraciones Públicas

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 3 de octubre de 2026. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 99 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, TREBEP) se titula «Relaciones de cooperación entre las Administraciones Públicas» y está en el título VIII («Cooperación entre las Administraciones Públicas»).

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Texto literal

Las Administraciones Públicas actuarán y se relacionarán entre sí en las materias objeto de este Estatuto de acuerdo con los principios de cooperación y colaboración, respetando, en todo caso, el ejercicio legítimo por las otras Administraciones de sus competencias.

Índice del Real Decreto Legislativo 5/2015