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Articulado

CAPÍTULO V. Disposiciones comunes a los procedimientos de solicitud, tramitación, expedición y renovación de certificados de registro y tarjetas de residencia

Real Decreto 240/2007 · RDUEArtículo 12Tramitación y resolución de las solicitudes

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 9 de noviembre de 2015. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 12 del Real Decreto sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Real Decreto 240/2007, RDUE) se titula «Tramitación y resolución de las solicitudes» y está en el capítulo V («Disposiciones comunes a los procedimientos de solicitud, tramitación, expedición y renovación de certificados de registro y tarjetas de residencia»). Tiene 4 apartados. Remite a los artículos 7, 8, 11 y 15.

Apartados
4
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2

Texto literal

1. Las solicitudes de los certificados de registro y tarjetas de residencia previstos en el presente real decreto se presentarán personalmente en el modelo oficial establecido al efecto, se tramitarán con carácter preferente y se resolverán conforme a lo previsto en los artículos 7, 8 y 11 del presente real decreto.

2. La solicitud y tramitación del certificado de registro o de las tarjetas de residencia no supondrá obstáculo alguno a la permanencia provisional de los interesados en España, ni al desarrollo de sus actividades.

3. Las Autoridades competentes para tramitar y resolver las solicitudes de certificado de registro o de tarjetas de residencia que se regulan en el presente real decreto podrán, excepcionalmente, recabar información sobre posibles antecedentes penales del interesado a las autoridades del Estado de origen o a las de otros Estados.

4. Asimismo, cuando así lo aconsejen razones de salud pública y según lo previsto en al artículo 15 del presente real decreto, podrá exigirse al interesado la presentación de certificado médico acreditativo de su estado de salud.

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