CAPÍTULO IV. Responsable y encargado de tratamiento
Ley Orgánica 7/2021 · LOPDPArtículo 34Cooperación con las autoridades de protección de datos
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 29 de julio de 2022. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 34 de la Ley Orgánica de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales (Ley Orgánica 7/2021, LOPDP) se titula «Cooperación con las autoridades de protección de datos» y está en el capítulo IV («Responsable y encargado de tratamiento»).
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Texto literal
El responsable y el encargado del tratamiento cooperarán con la autoridad de protección de datos competente, en el marco de la legislación vigente, cuando esta lo solicite en el desempeño de sus funciones.