Disposiciones
Ley Orgánica 4/2000 · LOEXDisposición final terceraModificaciones en los artículos 515, 517 y 518 del Código Penal
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 19 de marzo de 2025. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
La disposición final tercera de la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (Ley Orgánica 4/2000, LOEX) se titula «Modificaciones en los artículos 515, 517 y 518 del Código Penal». Tiene 2 apartados.
- Apartados
- 2
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Texto literal
1. Se añade un nuevo apartado 6.º en el artículo 515 con la siguiente redacción: "6.º Las que promuevan el tráfico ilegal de personas."
2. Se modifica el primer párrafo del artículo 517, que quedará redactado de la siguiente forma:
"En los casos previstos en los números 1.º y 3.º al 6.º del artículo 515 se impondrán las siguientes penas:" 3. Se modifica el artículo 518, que quedará redactado de la siguiente forma:
"Los que con su cooperación económica o de cualquier otra clase, en todo caso relevante, favorezcan la fundación, organización o actividad de las asociaciones
comprendidas en los números 1.º y 3.º al 6.º del artículo 515, incurrirán en la pena de prisión de uno a tres años, multa de doce a veinticuatro meses, e inhabilitación para empleo o cargo público por tiempo de uno a cuatro años."
Plazos y cifras
Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.
- …de prisión de uno a tres años, multa de doce a veinticuatro meses, e inhabilitación para empleo o cargo público por tiempo de uno a cuatro años."