Disposiciones
Ley Orgánica 3/2018 · LOPDGDDDisposición final decimoterceraModificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 27 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.
En pocas palabras
La disposición final decimotercera de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (Ley Orgánica 3/2018, LOPDGDD) se titula «Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores».
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Texto literal
«Artículo 20 bis. Derechos de los trabajadores a la intimidad en relación con el entorno digital y a la desconexión.
Los trabajadores tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador, a la desconexión digital y a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización en los términos establecidos en la legislación vigente en materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.»