TÍTULO III. Igualdad y medios de comunicación
Ley Orgánica 3/2007 · LOIEMHArtículo 40Autoridad audiovisual
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 2 de agosto de 2024. Comprobado con el BOE el 21 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 40 de la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (Ley Orgánica 3/2007, LOIEMH) se titula «Autoridad audiovisual» y está en el título III («Igualdad y medios de comunicación»).
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Texto literal
Las Autoridades a las que corresponda velar por que los medios audiovisuales cumplan sus obligaciones adoptarán las medidas que procedan, de acuerdo con su regulación, para asegurar un tratamiento de las mujeres conforme con los principios y valores constitucionales.