Saltar al contenido
Articulado

Disposiciones

Ley 7/1985 · LBRLDisposición transitoria primera

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 5 de octubre de 2026. Comprobado con el BOE el 21 de octubre de 2026.

En pocas palabras

La disposición transitoria primera de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local (Ley 7/1985, LBRL) forma parte de su texto consolidado. Remite al artículo 5.

Lectura
1 min
Preguntas de test
1

Texto literal

Las disposiciones que ha de refundir el Gobierno en uso de la autorización que le confiere la disposición final primera de esta Ley constituyen la legislación del Estado transitoriamente aplicable en los términos de los diferentes apartados de su artículo 5, teniendo, en consecuencia, según los diversos supuestos en él contemplados, el carácter de normativa estatal básica o, en su caso, supletoria de la que puedan ir aprobando las Comunidades Autónomas.

Artículos relacionados

Esta disposición remite a

Otras disposiciones

Índice de la Ley 7/1985