TÍTULO XI. Situaciones administrativasCAPÍTULO II. Personal funcionario interino
Ley 5/2023 · LFPAArtículo 163Situaciones administrativas del personal funcionario interino
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 163 de la Ley de la Función Pública de Andalucía (Ley 5/2023, LFPA) se titula «Situaciones administrativas del personal funcionario interino» y está en el capítulo II («Personal funcionario interino») del título XI («Situaciones administrativas»). Tiene 4 apartados y 5 letras.
- Apartados
- 4
- Lectura
- 1 min
- Preguntas de test
- 2
Texto literal
1. El personal funcionario interino podrá encontrarse en alguna de las siguientes situaciones administrativas:
a) Servicio activo.
b) Excedencia por cuidado de familiares.
c) Excedencia por razón de violencia de género.
d) Excedencia por razón de violencia terrorista.
e) Suspensión de funciones.
2. En el supuesto de que el puesto de trabajo que viniera desempeñando fuera provisto reglamentariamente o concurra alguna de las causas de cese previstas legalmente, procederá el cese del personal funcionario interino en servicio activo, excedente o suspendido.
3. La sanción de suspensión firme de funciones que exceda del plazo de seis meses conllevará el cese de la persona sancionada.
4. El nombramiento como personal funcionario interino podrá quedar suspendido por la designación mediante decreto del Consejo de Gobierno para el desempeño de un alto cargo en la Administración de la Junta de Andalucía o en entidades del sector público andaluz sujeto al régimen de incompatibilidades del personal alto cargo, por el nombramiento como personal eventual en la Administración de la Junta de Andalucía, cuando acceda a la condición de miembro del Parlamento de Andalucía, de las Cortes Generales, y cuando desempeñe cargos electivos en las Corporaciones Locales de Andalucía.
La suspensión del nombramiento se mantendrá mientras no concurra ninguna de las causas de cese previstas, conforme a lo establecido en el apartado 2 de este artículo.
CAPÍTULO III
Personal laboral
Plazos y cifras
Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.
- Apdo. 3La sanción de suspensión firme de funciones que exceda del plazo de seis meses conllevará el cese de la persona sancionada.