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Disposiciones

Ley 16/2010 · LOXGDisposición transitoria sextaPersonal laboral

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.

En pocas palabras

La disposición transitoria sexta de la Ley de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia (Ley 16/2010, LOXG) se titula «Personal laboral».

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Texto literal

El Consejo de la Xunta de Galicia podrá adoptar las medidas necesarias con relación al personal laboral fijo de las entidades instrumentales del sector público autonómico que se extingan, en atención a las características de su relación de servicio, previa negociación con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Empleados Públicos.

En relación con el personal regulado en el título III de la presente ley cuyo régimen jurídico le asigne retribuciones inferiores a las establecidas en el convenio colectivo del personal de la Xunta de Galicia para las correspondientes categorías se procederá, en un plazo de dos años desde la aprobación de la presente ley, a negociar con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Empleados Públicos la aplicación del convenio colectivo del personal laboral de la Xunta de Galicia.

Esta aplicación tendrá en cuenta la situación presupuestaria y podrá establecer un calendario de homologación para proceder a esa equiparación, que se fijará tras la previa negociación con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Empleados Públicos.

Plazos y cifras

Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.

  • …de Galicia para las correspondientes categorías se procederá, en un plazo de dos años desde la aprobación de la presente ley, a negociar con las organizaciones…

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