TÍTULO II. Del ejercicio de la potestad reglamentaria por parte de la Administración y del Gobierno de GaliciaCAPÍTULO I. De las disposiciones administrativas de carácter general: jerarquía y tipos
Ley 16/2010 · LOXGArtículo 37Ejercicio de la potestad reglamentaria
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 37 de la Ley de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia (Ley 16/2010, LOXG) se titula «Ejercicio de la potestad reglamentaria» y está en el capítulo I («De las disposiciones administrativas de carácter general: jerarquía y tipos») del título II («Del ejercicio de la potestad reglamentaria por parte de la Administración y del Gobierno de Galicia»). Tiene 3 apartados.
- Apartados
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Texto literal
1. Corresponde a la Xunta de Galicia la titularidad y el ejercicio de la potestad reglamentaria de la Comunidad Autónoma.
2. Las personas titulares de las consejerías pueden dictar disposiciones administrativas de carácter general en lo relativo a la organización y materias propias de sus departamentos.
3. Las instrucciones emitidas por los órganos de la Administración general de Galicia y por las entidades instrumentales públicas no se consideran en ningún caso disposiciones dictadas en el ejercicio de la potestad reglamentaria.