Disposiciones
Ley 15/2022 · LITNDDisposición adicional primeraConstitución de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 13 de julio de 2022. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
La disposición adicional primera de la Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación (Ley 15/2022, LITND) se titula «Constitución de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación». Tiene 3 apartados. Remite al artículo 41.
- Apartados
- 3
- Lectura
- 1 min
- Preguntas de test
- 2
Texto literal
1. En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley se procederá a la integración de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación de las funciones, entidades, organismos y servicios administrativos adscritos a la Administración General del Estado que se determinen mediante Real Decreto, aprobado con la autorización de los Ministerios de Asuntos Económicos y Transformación Digital y
Hacienda y Función Pública, con la aprobación previa del Ministerio de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.
2. En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno, a iniciativa de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, y a propuesta de los Ministerios de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Asuntos Económicos y Transformación Digital, Hacienda y Función Pública, Política Territorial y Derechos Sociales y Agenda 2030, aprobará, mediante Real Decreto, el Estatuto de la Autoridad Independiente previsto en el artículo 41.3 de esta ley.
3. En el plazo de un año desde su constitución la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación presentará al Departamento competente en materia de igualdad de trato una propuesta para la constitución de un Centro de Documentación y Memoria sobre Discriminación, Odio e Intolerancia.
Plazos y cifras
Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.
- Apdo. 1En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley se procederá a la integración de la…
- Apdo. 2En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno, a iniciativa de la…
- Apdo. 3En el plazo de un año desde su constitución la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la…