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Articulado

TÍTULO V. Atención, apoyo e información a las víctimas de la discriminación e intolerancia

Ley 15/2022 · LITNDArtículo 53Información, atención y medidas de apoyo a las víctimas de discriminación e intolerancia

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 13 de julio de 2022. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 53 de la Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación (Ley 15/2022, LITND) se titula «Información, atención y medidas de apoyo a las víctimas de discriminación e intolerancia» y está en el título V («Atención, apoyo e información a las víctimas de la discriminación e intolerancia»). Tiene 3 apartados.

Apartados
3
Lectura
1 min
Preguntas de test
2

Texto literal

1. Los poderes públicos garantizarán la información a las víctimas, a través de servicios telemáticos y presenciales, para realizar una atención integral y multidisciplinar, a las víctimas de agresiones, actos de intolerancia o incidentes de odio y de conductas discriminatorias por cualquiera de las causas previstas en la ley.

2. Los poderes públicos prestarán una atención integral real y efectiva a las víctimas de incidentes de odio, discriminación y actos de intolerancia. Esta atención comprenderá el asesoramiento, la asistencia, en especial, la sanitaria, y las medidas sociales tendentes a facilitar su recuperación integral.

3. En la atención a las víctimas se dará un tratamiento específico cuando las agresiones o acciones que inciten al odio, la discriminación e intolerancia se hayan realizado utilizando las nuevas tecnologías o a través de las redes sociales.

Índice de la Ley 15/2022