TÍTULO III. De la estructura del sistema sanitario públicoCAPÍTULO I. De la organización general del sistema sanitario público
Ley 14/1986 · LGSArtículo cuarenta y seis
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 23 de marzo de 2023. Comprobado con el BOE el 23 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo cuarenta y seis de la Ley General de Sanidad (Ley 14/1986, LGS) está en el capítulo I («De la organización general del sistema sanitario público») del título III («De la estructura del sistema sanitario público»). Enumera 5 letras.
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Texto literal
Son características fundamentales del Sistema Nacional de Salud:
a) La extensión de sus servicios a toda la población.
b) La organización adecuada para prestar una atención integral a la salud, comprensiva
tanto de la promoción de la salud y prevención de la enfermedad como de la curación y
rehabilitación.
c) La coordinación y, en su caso, la integración de todos los recursos sanitarios públicos
en un dispositivo único.
d) La financiación de las obligaciones derivadas de esta Ley se realizará mediante
recursos de las Administraciones Públicas, cotizaciones y tasas por la prestación de
determinados servicios.
e) La prestación de una atención integral de la salud procurando altos niveles de calidad
debidamente evaluados y controlados.