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Articulado

TÍTULO IX Relaciones institucionales de la Comunidad AutónomaCAPÍTULO III. Relaciones con las instituciones de la Unión Europea

Ley Orgánica 2/2007 · EAANDArtículo 231Participación en la voluntad del Estado

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 231 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, EAAND) se titula «Participación en la voluntad del Estado» y está en el capítulo III («Relaciones con las instituciones de la Unión Europea»). Tiene 3 apartados.

Apartados
3
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1 min

Texto literal

1. La Comunidad Autónoma participa en la formación de la posición del Estado ante la Unión Europea en los asuntos relativos a las competencias o a los intereses de Andalucía, en los términos que establecen el presente Estatuto y la legislación sobre la materia.

2. La Comunidad Autónoma debe participar de forma bilateral en la formación de la posición del Estado en los asuntos que le afectan exclusivamente. En los demás, la participación se realizará en el marco de los procedimientos multilaterales que se establezcan.

3. La posición expresada por la Comunidad Autónoma es determinante en la formación de la posición estatal si afecta a sus competencias exclusivas y si de la propuesta o iniciativa europeas se pueden derivar consecuencias financieras o administrativas de singular relevancia para Andalucía. Si esta posición no la acoge el Gobierno del Estado, éste debe motivarlo ante la Comisión Junta de Andalucía-Estado. En los demás casos dicha posición deberá ser oída por el Estado.

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