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Articulado

TÍTULO PRELIMINAR

Constitución Española · CEArtículo 6

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 20 de mayo de 2026.

En pocas palabras

El artículo 6 de la Constitución Española (CE) forma parte de su texto consolidado.

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Preguntas de test
7

Texto literal

Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

Preguntas tipo test de este artículo

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  1. Atendiendo a la literalidad del artículo 6, los partidos políticos son un 'instrumento fundamental' para:

    1. A) La voluntad popular
    2. B) La participación política
    3. C) El pluralismo político
    4. D) La estabilidad democrática
  2. De acuerdo con el artículo 6 de la Constitución, la libertad de los partidos se predica de:

    1. A) Su financiación y gastos
    2. B) Su propaganda y difusión de ideas
    3. C) Su creación y el ejercicio de su actividad
    4. D) Su acceso a los medios de comunicación

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-1978-31229. Ver la Constitución Española en el BOE (se abre en otra pestaña)

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