TÍTULO I. De los derechos y deberes fundamentalesCAPÍTULO TERCERO. De los principios rectores de la política social y económica
Constitución Española · CEArtículo 40
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 20 de mayo de 2026.
En pocas palabras
El artículo 40 de la Constitución Española (CE) está en el capítulo tercero («De los principios rectores de la política social y económica») del título I («De los derechos y deberes fundamentales»). Tiene 2 apartados.
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Texto literal
1. Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.
2. Asimismo, los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesionales; velarán por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizarán el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral, las vacaciones periódicas retribuidas y la promoción de centros adecuados.