TÍTULO I. De los derechos y deberes fundamentalesCAPÍTULO SEGUNDO. Derechos y libertades
Constitución Española · CEArtículo 21
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 20 de mayo de 2026.
En pocas palabras
El artículo 21 de la Constitución Española (CE) está en el capítulo segundo («Derechos y libertades») del título I («De los derechos y deberes fundamentales»). Tiene 2 apartados.
- Apartados
- 2
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- Preguntas de test
- 8
Texto literal
1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.
2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.